Garantías para Administadores de Sociedades (Directores IGJ)


Póliza para Adminstradores de Sociedades Resolución General IGJ 20/2004 y modificatorias (B.O. 03/09/2004) Resolución General 20/2004 IGJ - Inspección General de Justicia.

Es exigible a:

Los directores de sociedades anónimas (S.A.) y a los integrantes de los órganos de administración de sociedades en comandita por acciones (S.C.A.) y de sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.), la constitución a favor de la sociedad de una garantía por un valor minimo de $ 10.000 ( el valor mínimo se reduce a $ 2.000 para ciertos caso en las S.R.L.)

Características de la Cobertura

Cubre a la Sociedad ante el incumplimiento de las obligaciones del Director o Socio Gerente en el desempeño de sus funciones.

Esta garantía puede ser constituida -según dicha norma- por distintos medios: efectivo o títulos públicos (los que deben quedar en custodia de un tercero), aval bancario o póliza de seguro de caución.

A tal efecto, la Superintendencia de Seguros de la Nación ha aprobado un instrumento específico para esta cobertura.